Administrador fincas gastos sin consultar de cuánto puede disponer por ley?

Me gustaría saber de cuánto dinero puede disponer un administrador de fincas para gastos sin consultar, tales como cambios de bombillas, cerraduras,

Para esos gastos se llega a un acuerdo en junta de vecinos o hay una cantidad estipulada por ley

2 respuestas

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La ley no prescribe nada al respecto, debe ser la Comunidad de propietarios la que decida cuanto se considera que puede disponer el administrador para "gastos menores"

Le dejo un enlace que le puede resultar útil :Ley de Propiedad Horizontal

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No hay ninguna cantidad estipulada por ley.

Pero tampoco es normal tener que fijar una cantidad en Junta, porque se supone que cambiar bombillas es algo necesario y no se hace por capricho. Es lo que se conoce como "tareas de mantenimiento". Aún así, por supuesto, pueden ustedes fijar una cantidad máxima, si lo desean.

Lo que sí es cierto es que el Administrador no puede disponer libremente del saldo de la Comunidad.

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