No propietario pago préstamo Reg. Gananciales

Matrimonio en gananciales uno de los conyuges tiene comprado un piso pero esta pagando el préstamo. Acuerda poner el 30% a nombre del otro cónyuge pero este hecho des pies de 15 años no se da. Durante este tiempo se han realizado mejoras de tejado, fachada, escalera, construcción de ascensor, y reformas dentro del inmueble. ¿En caso de divorcio que le corresponde por ley al no propietario?

1 Respuesta

Respuesta

Si ese piso constituye la vivienda familiar hay que estar a lo que señala el Código Civil: Los bienes adquiridos mediante precio o contraprestación, en parte ganancial y en parte privativo, corresponderán pro indiviso a la sociedad de gananciales y al cónyuge o cónyuges en proporción al valor de las aportaciones respectivas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas