Votación del ascensor de todos los vecinos o solo los asistentes

En la votación del ascensor de una comunidad de 15 vecinos dónde hay personas mayores de 80 años con minusvalías deben de votar todos los vecinos?

Si a la reunión solo asisten 9 vecinos los seis restantes deben de dar su voto

Está el administrador obligado a contar con los votos de estos vecinos que no asisten a la reunión

De qué forma está obligado y qué sucede si se lava las manos o si no hace su trabajo

1 respuesta

Respuesta

Para aclararle conceptos, a las juntas no van vecinos acuden propietarios que es muy diferente.

El art. 10.1b de la LPH lo deja muy claro

) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.

O sea en el caso indicado no se vota si se instala o no se instala, SE INSTALA PORQUE LO DICE LA LEY

Se someterá a votación el presupuesto a elegir, y los propietarios que no estén de acuerdo lo expondrán pero no hay nada que votar.

Si el administrador no hace caso se le echa y se nombra a otro.

¿Pero usted esto lo pregunta porque esta en un problema verdad?

Si es asi, cuenteló e intentaremos ayudarle

¡Gracias! Pues no estoy seguro de estar en un problema en la reunión se vota los que asistimos y la reunión termina siempre con el administrador diciendo somos muy pocos y saldria muy caro se vota quien quiere el ascensor pero no la forma de pagarlo la cuestión que preguntaba es si debe contar el voto de todos los vecinos y como no se hacen ni actas ni nada pues no hay constancia de nada ws como si no existiera la comunidad

He hecho una pregunta complicada?

La pregunta no es complicada, lo que pasa que ustedes tienen como administrador a un ignorante de la LPH

Vuelvo a indicarle que lea el art. 10.1 que le he incluido, como puede entender ahí indica que cuando personas mayores de 70 años o minusválidos solicita el ascensor, no se vota si se pone o no, la LPH lo deja muy claro. Otra cosa es como se contribuye y que dicho art. Lo deja muy claro.

Vuelvo a indicarle no se vota si se pone o no,

En esa junta los que no estén de acuerdo lo indicaran y entonces abonaran máximo 12 mensualidades como máximo si el coste es superior.

Difícilmente los ausentes podrán emitir posteriormente su voto, dado que tienen 30 días para votar desde que reciben el acta, pero como según usted no se hacen actas, pues no pueden votar dado que lo indica la ley

¡Gracias! Bueno pues si es un ignorante y no quiere cumplir la lph entonces nos aguantamos porque como no hay dinero para abogados pues nada

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