Derrama comunidad propietarios no obligatoria
Al amparo del el artículo 553-30.2 del Código Civil de Catalunya, he informado al administrador y vicepresidente mi oposicion a contribuir a los gastos de una instalación en la Comunidad y por lo tanto que no procedan a realizar la derrama acordada en Junta e incluir este gasto en mi departamento.
No han respondido y han puesto la derrama en circulación. Normalmente funcionan así
¿A partir de ahora que debo hacer o bien con lo hecho es suficiente?
3 Respuestas
Respuesta de Poli Plos
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Respuesta de Antonio Roses
Respuesta de Prof. Francisco Poveda