Excedencia y despido

Estoy en situación de excedencia por maternidad y mi incorporación pactada con la empresa seria el próximo mes, pero al comunicárselo han alegado que aunque mi puesto sigue libre no puedo volver porque debido a la crisis no pueden pagar mi sueldo. Y no consideran que sea un despido. Que puedo hacer, ¿puedo cobrar el paro?

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Si estaba pactada y estás dentro de los límites de la reincoporación por excedencia con gurada de puesto de trabajo, da igual si pueden o no pagar tu sueldo y lo que consideren. Tu les has de volver a trabajar o de lo contrario que te despidan improcedentemente y tenmdrias indemnización y paro.
Incluso puede soponerte al despido alegando despido nulo por vulneración de derechos fundamentales y si ganas (probable) la opción de readmisión la tienes tu u optas por la indeminzación a 45d/año y paro.
Gracias por contestar mi pregunta. Quisiera que me aconsejara los pasos a seguir en esta situación. Cuando comunique mi decisión de situación de excedencia el empresario firmo mi carta en la que claramente ponía los meses que estaría en esta situación, (6 meses) y según el convenio al no exceder de un año la excedencia tendría que volver a mi puesto de trabajo, aunque según el empresario me incorporaría a la empresa cuando hubiera una vacante. Cubrió mi puesto unicamente durante la baja maternal por lo que en estos momentos esta libre. Al comunicarle que el próximo mes me vuelvo a incorporar alega que debido a la crisis no puedo reincorporarme, que me arregla el paro pero no me despide porque no estoy trabajando ya que no cotiza por mi. Dice que me daría de alta unos días y luego me daría de baja para poder cobrar el paro. Yo creo que así no se hace y lo que intenta es no indemnizarme. Pero no se que puedo hacer porque no me facilita las cosas. Tengo que esperar a que llegue el día pactado a mi vuelta al trabajo para arreglar esta situación o puedo hacerlo antes. Que necesito para poder pedir el paro.
Está claro que si ya tines un escrito en el que reconocen que existe el puesto de traabjo libre y que tienes derecho (por cierto, un poco torpe por su parte el hecho de reconocerlo por escrito) pero no puden dártelo por falta de liquidez, la crisis no es un supuesto aceptable para incumplir con la legalidad vigente y por tanto hay que denunciar tal situación.
En conciliación (acto obligatorio previo al juicio) seguro que te ofrecerán una indemnización (puede que algo inferior a los 45d/año) y ahí ya depende hasta cuanto estas dispuesta. Con la indemnización por despido ya puedes ir al paro.

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