Hospital de día se considera hospitalización?

Fui sometida a una cirugía menor por túnel carpiano (soy administrativa y por tanto paso Gran parte de mi jornada en el ordenador).

Según el convenio de call center, al haber hospitalización, se cobra al 100% peror dicen en la empresa que al no haber dormido en la clínica, entonces no es hospitalización, aunque fui anestesiada y tuve que estar varias horas ingresada. Una semana después, sigo con los vendajes y los puntos, obviamente incapacitada de realizar mi trabajo.

Yo lo había consultado previamente con el sindicato y me dijeron que aunque fuera de dia, era hospitalización.

Respuesta
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Compruebe en su convenio colectivo que el incremento del 100% sea solo por los días de hospitalización, o bien que se tenga derecho por el mero hecho de que pase por el hospital.

Lo normal es que en estos casos solamente se ingrese el 100% por los días efectivos de hospitalización.

Yo entiendo que si hay un ingreso de 1 hora o 1 día estamos ante una hospitalización. Pero si su convenio solamente obliga a los días hospitalizados, su complementos seria de 1 día.

Hola Juan, 

Esto es lo que pone el convenio: "CAPÍTULO XIV Prestaciones sociales Artículo 63. Complementos en los supuestos de incapacidad temporal. 1. Se respetarán en todo caso las mejoras pactadas en las empresas o las que se apliquen habitualmente en las mismas. 2. Incapacidad temporal en caso de accidente de trabajo u hospitalización: Las empresas complementarán hasta el 100% del salario Convenio, desde el primer día, y con baja médica. 3. Incapacidad temporal en caso de enfermedad: a) Del día 1 al 3, el 70% del salario convenio, con el tope de 9 días al año, y con baja médica. b) Del día 4 al 20, el 75% del salario convenio y con baja médica. c) Del día 21 en adelante: 100% del salario convenio, hasta un año, y con baja médica. Los trabajadores están obligados a presentar la baja de la seguridad social en un plazo de 72 horas, aceptando, previo aviso, poder ser reconocidos por el médico de la Mutua, al objeto de que este informe sobre la imposibilidad de prestar servicio, sometiéndose la discrepancia, si la hubiere, a la Inspección Médica de la Seguridad Social."

muchas gracias por tu respuesta!

El hecho de la hospitalización permite cobrar la baja al 100%, pero la empresa no considera hospitalización por no haber pernoctado en la clínica. Es eso correcto?

Pues este tipo de discrepancias llen a los juzgados de demandas, ya que no hay postura clara al respecto, puesto que el convenio lo deja muy en el aire, algo típico de la legislación laboral por desgracia.

De todas formas deberías preguntar si otros compañeros han estado en tu misma situación, y si la empresa ha abonado en otras ocasiones el 100% en toda la baja, este podría ser un indicio de discriminación y por lo tanto ilegal.

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