Multa con otro importe, tras ir un día a Segovia y hacer que bajen dos familiares con discapacidad en una glorieta.

Al ir a recoger a dos familiares con discapacidad en una glorieta, me paran dos policías y me multan por no haber estado ni un minuto en la glorieta en la cual estaba señalizada una parada de bus.

Tras explicarle que desconocía que se podía recoger a mis familiares que tenían discapacidad. La multa empezó por 200 €. Pero al decirle a los policías que llevaba toda la tarde caminando y estaban cansado y explicarle que un familiar tiene 9 operaciones en el tobillo y no podía caminar más. Y viendo a mi hermano con discapacidad que iba con mi hija de 1 añito .Deciden multarme con 80 € . Pero al llegarme la notificación me sale la multa de 200 euros y con bonificación 100€

El policía claramanrte en el papelito que me dio consta que la multa era 80€ y que tenía 50% de bonificación.

¿Puedo recurrir dicha multa? ¿O mejor pago los 100€?

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Si en el boletín de denuncia que le dio el policía pone que son 80€ entonces recurrala, si no lo pone entonces no. Alegue defecto de forma y funcionamiento anormal de la administración.

Si en el boletín sale claramente 80 euros y 40€ si la pagas durante los 20 días.

Hoy he llamado al ayuntamiento de Segovia y me ha comentado que ellos pueden modificar el importe de la multa. Debido a que es una infracción grave y que el agente tenía que saber que tenía que multarme con 200. Es decir por su parte no van a rectificar el importe de la carta de pago.

¿Dónde y cómo podría alegar la multa?

Muchas Gracias, por su respuesta.

Si es una multa del ayuntamiento al propio ayuntamiento puede consignar el recurso.

Si bien lo que dicen es cierto no coinciden las cuantías, y si le dan otro plazo para pagar en reducido no han tenido en cuenta la primera notificación, la cual deberían haber previsto y ya era una propuesta de sanción per se. Pero le han hecho otra propuesta por un cauce que no es el adecuado. Hay que verlo en profundidad pero en principio parece un defecto en el funcionamiento de la administración que puede conllevar hasta la nulidad de la multa.

Muchas gracias por su respuesta. 

La multa fue por un policía local, he llamado al ayuntamiento haber si se puede hacer algo y me han dicho q el policía se ha equivocado.  Es una infracción grave y el importe de 80 euros que sale en el papelito amarillo q fue entregado en mano y firmado ,el importe tendría q ser otro. 

Tengo plazo hasta el 14 de abril para pagar de los 100 por la bonificación y no los 200. 

Cualquier consulta o duda se la responderé con mucho gusto. ¿O donde me aconsejan acudir para solicitar más información? 

O apeló la multa indicando q no fue en una parada de bus y por eso fue ese importe ? . 

No se que hacer. De todas maneras muchas gracias. 

Un saludo

La cuestión es ¿Qué pone en el papel amarillo? Porque si dice que la parada fue en una parada de autobús entonces pasará lo que dice Jesús Villalba.

Lo recomendable es ver si el policía tuvo la torpeza de describir la multa como grave e imponer una sanción pecuniaria leve. Normalmente especifican el precepto infringido, por ejemplo: art 143 de la Ordenanza X. Luego lo apropiado es comprobar la cantidad estipulada en la ordenanza de turno y ver si el policía, aunque le quisiera hacer un favor se equivocó al describir una sanción grave y no una leve.

Las ordenanzas son públicas y las puede encontrar fácilmente por internet.

Buenas tardes,

El artículo es 94.16 o 94.1C y la norma Rgc .

El hecho denunciado es parar en un carril reservado para el servicio determinados usuarios-solo bus-

¿En conclusión que me recomienda?

Por desgracia no conozco la norma, ya que cambia de una ciudad a otra solo conozco las de la ciudad en la que opero. Para saberlo debería investigarlo.

Pero en esa propia normativa deberá salir la sanción que se impone a cada hecho, busque a raíz de la referencia que tiene y la ciudad donde ocurrió el hecho.

Respuesta

Si recurre perderá la oportunidad de pagarla bonificada. El ayuntamiento tendrá una ordenanza donde se especifican las cuantías para las diferentes infracciones en función de si son leves, graves o muy graves. Aunque el agente hubiera puesto 8.000€, el ayuntamiento buscaría que tipo de infracción es y la recalificaría. Son errores salvables, no hay defecto de forma ni un funcionamiento anormal en la administración. Yo desde mi humilde opinión si se que he cometido la infracción pagaría... Además usted mismo dice que estaba señalizado... Estoy seguro que si el agente le notifico en el acto, se ratificara en un recurso que usted interponga y entonces le tocara pagar 200€ en lugar de 100€. Un saludo y espero que haga lo que haga le vaya bien

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