De una comunidad de 15 vecinos pueden decidir 3 hacer juicio a otros vecinos?

En nuestra comunidad se aprobó la instalación del ascensor.
Somos 15 propietarios. Dieron 3 meses para abonar el total de la parte correspondiente a la derrama.
Hay vecinos que no pueden pagar todo de una vez, están haciendo pagos parciales, y en una Junta Extraordinaria con el “si” de 3 propietarios, se manda a estos vecinos a juicio.
Votaron:

3 SI, 1 No, 1 Abstención y 3 “lo que quiera la mayoría”

Los tres deudores no pudieron votar.
¿Es válida esta votación? Tiene validez el voto : “ ¿lo qué quiera la mayoría”?

3 Respuestas

Respuesta
1

Para poder iniciar el proceso judicial es necesario realizar una convocatoria de la junta, en la que forme parte del orden del día la liquidación de deudas de cada propietario. Para la aprobación del acuerdo de liquidación y reclamación judicial se requiere el voto favorable de la mayoría de los asistentes y representados.

"¿Lo qué quiera la mayoría”?"

Equivale a una abstención, ya que no se pronuncia ni a favor ni en contra del citado acuerdo.

¡Gracias! 
Entonces si “lo que vote la mayoría” es abstención, resultaría: 

4 abstenciones

3 a favor 

1 en contra  

Sería válido el demandar a los vecinos que están haciendo pagos parciales?

Sí, el acuerdo es válido porque se ha adoptado por mayoría de los asistentes.

"Sería válido el demandar a los vecinos que están haciendo pagos parciales?"

En principio la respuesta es afirmativa. Le sugiero la lectura del siguiente post:

https://dinmobiliario-es.webnode.es/l/morosos-en-comunidades-de-propietarios/ 

Respuesta
1

El voto de lo que diga la mayoría no sirve ni se cuenta, dado que en las juntas se vota unicamente, SI, NO, ABSTENCIÓN

Por lo cual el acuerdo es totalmente legal.

¿En la convocatoria figuraba n como morosos? Esto es muy importa nte

Respuesta

El acuerdo es válido.

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