Ejecución forzosa en proceso de familia

El 30 de septiembre de 2013 recibí el documento de una ejecución forzosa de un reconocimiento de deuda de mi ex marido el cual incumplió el pago en su momento. En la ejecución aparece que se declara embargados por vía de mejora de embargo: la parte proporcional de la prestación por desempleo que el ejecutado. Pues el ha cobrado 1026€ de prestación en octubre y noviembre sin que se le haya embargado nada. ¿Qué puedo hacer? He acudido al juzgado y no me informan de nada, en la tgss y en el sepe no me pueden facilitar esos datos, me dicen que son confidenciales. ¿Por qué no se está procediendo al embargo de la cuenta?

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Su pregunta es un tanto confusa. Entiendo que es ud. la parte demandante y ejecutante. En ese caso puede preguntarle a su abogado, que le informará de los detalles. Por otro lado y en el supuesto que ud. sea parte en ese procedimiento, me sorprende que el Juzgado no le dé información.

El hecho de que la TGSS todavía no haya aplicado el embargo se deberá, presumo, a que no le ha llegado a tiempo el oficio emitido por el Juzgado para proceder a la retención de octubre. Supongo que sí se hará en las siguientes (claro está, si ha llegado el oficio).

También me sorprende que el Juzgado disponga el embargo de la "parte proporcional de la prestación", porque en los supuestos de deudas por alimentos no operan los tramos proporcionales, pudiéndose embagar una cantidad más elevada, incluso el 100%.

Hola, muchas gracias por la respuesta, la abogada era de oficio y pasado un mes de la ejecución de la sentencia me puse en contacto con ella y me informó que sus funciones se limitaban a solamente presentar la ejecución y notificarme la resolución, y no al seguimiento de la misma. Por eso me encuentro un tanto perdida al respecto para poder informarme y donde sobre el procedimiento. En el juzgado me notificaron que el mismo 30 de septiembre se comunicó a la TGSS, pero lo que suceda a partir de entonces ellos lo desconocen, no dispongo de abogado y no se si puedo realizar una instancia a la TGSS o al SEPE para saber porque después de casi dos meses no he percibido la parte proporcional al embargo de la prestación de mi ex marido. El juzgado sólo me ha informado de la cantidad y el periodo que percibe mi exmarido, pero no sé porque no se le embarga directamente de la TGSS.

Un cordial saludo y agraderle previamente la contestación.

En la TGSS o SEPE no creo que le den ningún tipo de información, ni que la solicite por instancia.

Ignoro cuáles son los límites de actuación en el turno de oficio. Para saber más debería preguntarlo en el Colegio de Abogados más próximo a su domicilio, o donde solicitó el abogado de oficio.

Hay que tener en cuenta que la TGSS, una vez recibe el oficio de retención, aplicará ésta a partir del mes siguiente.

En su caso le sugiero que se persone nuevamente en el Juzgado y pregunte si les consta alguna contestación de la TGSS, ya que suelen enviarla e indican cuánto retendrán y a partir de cuándo.

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